Beneficios por Vejez

Es el beneficio que recibirás al retirarte de tu trabajo, luego de cumplir con los requisitos que establece la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones (SAP).

Requisitos para solicitar mi pensión por vejez

Hombres

1- 60 años
2- Tiempo mayor o igual a 25 años cotizados de forma continua o discontinua.

Mujeres

1 – 55 años

2 – Tiempo mayor o igual a 25 años cotizados de forma continua o discontinua.

Requisitos para solicitar mi devolución de saldo por vejez

Hombres

1- 60 años
2- Tiempo menor a 25 años cotizados de forma continua o discontinua.

Mujeres

1 – 55 años

2- Tiempo menor a 25 años cotizados de forma continua o discontinua.

Documentos a presentar

Afiliado
  • Carné de Afiliado NUP
  • Partida de nacimiento de afiliado original y reciente (no mayor a 6 meses y debidamente marginada en caso corresponda) .
  • DUI, Carné de residente o pasaporte en caso de ser extranjero vigente con estado civil actualizado.
  • Carnet del ISSS o comprobante de registro del ISSS actualizado.
  • Historial laboral ISSS o INPEP (Acta original firmada en la unidad de Historial Laboral y resumen de Historial Laboral).
  • Si posees cuenta bancaria favor presentarla, esta no debe de estar mancomunada.
Beneficiario dependiente
  • Se solicitará documentación durante el proceso de análisis en el que caso que aplique

  • Poder general administrativo que lo faculte para tramitar solicitud del beneficio de Vejez y sus
    cláusulas especiales si las amerita que lo faculte para abrir y cerrar cuentas bancarias y hacer
    retiro de las mismas como pensionado de AFP Crecer.
  • DUI, Carne de Residente o Pasaporte en caso de ser extranjero o salvadoreño no residente.
    Original y vigente.
  • En caso el apoderado ha sido afiliado activo de AFP Crecer, debe actualizar datos como afiliado
    previamente a la presentación de documentos.
  • Si presenta la cuenta bancaria, esta no debe de estar mancomunada

Notas Importantes

Notas Importantes

  1. Partidas de nacimiento de afiliado, hijos y padres no mayor a 6 meses de emisión.
  2. Cuando exista Matrimonio, Viudez, Divorcio, identidad personal, Tutoría parental de hijos menores o declarados incapaces, restablecimiento de autoridad parental deberán estar marginadas las Partidas de Nacimiento. Obligatorio para todo tramite de pensión.
  3. En caso de devolución de saldo no requerimos que presente partida de nacimiento de sus beneficiarios.
  4. Resolución de pensión del ISSS por Invalidez riesgo profesional (en caso de recibir pensión esta debe contener la finalización del pago).
  5. Es obligatorio que afiliado debe finalizar trámite en la ventanilla única.

Proceso para solicitar el trámite de beneficios por vejez

Recibir la primera asesoría:
a) Se actualizarán sus datos.
b)  Se le programará cita en la ventanilla única del INPEP/ISSS, si cotizó a esos institutos.
c) Se entregará listado de documentos a presentar

  • Reconstruir su Historial Laboral del Sistema público (sólo para quienes hayan cotizado allá)
  • Firmar su Historial Laboral SPP.
  • Abrir expediente de su trámite en Crecer.
  • Presentando todos los documentos requeridos.
  • Se  gestiona y recibe el Certificado de Traspaso del ISSS/INPEP, el cual es comprado por el Fondo de Pensiones para depositar dinero en la cuenta.
  • Si cotizó al FSV, se solicita firma de reporte de cotizaciones y el FSV traslada los recursos.
  • El afiliado firma o rechaza resolución de pensión.

¿Qué otros beneficios existen?

Posterior al decreto 787 se crearon otros beneficios a los que puedes optar siempre y cuando cumplas los requisitos:

Beneficio Económico Temporal (BET)

Si cuentas con un tiempo de cotización comprendido entre un mínimo de 10 años y un máximo de 20 años cotizados, tiene la opción de cotizar voluntariamente al programa de Salud del ISSS, dicho trámite deberá realizarlo directamente en las oficinas del referido Instituto.

Beneficio Económico Permanente (BEP)

Si cuentas con un tiempo de cotización comprendido entre un máximo de 20 años y un mínimo de 24.99 de años cotizados, pudiendo optar a este beneficio y con derecho a la Cuenta de Garantía Solidaria (CGS) y a descuento del ISSS de forma automática.

¿Qué pasa si soy afiliado optado Artículo 184?

Para afiliados optados con menos de 10 años cotizados en el Sistema Público Pensiones (SPP) su devolución será pagada de forma total.

Para afiliados optados con el tiempo igual o mayor a 10 años cotizados en el Sistema Público Pensiones (SPP) su devolución será pagada en 3 anualidades.

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¡Queremos Servirle Mejor!

Por ello, informamos a nuestros estimados empleadores, que la opción de cálculo de mora, estará fuera de servicio a partir del día sábado 13 de marzo desde las 5:30 p.m y se estima que finalice el día domingo 14 de marzo a las 5:00 a.m.