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Sugerencias

Pensión por invalidez

Tienes derecho a Pensión por invalidez

Tendrán derecho a pensión de invalidez, los afiliados no pensionados que, sin cumplir los requisitos de edad para acceder a pensión de vejez, sufran un deterioro de la capacidad para ejercer cualquier trabajo; esto producido por una enfermedad, accidente o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales.

Esto no aplica en el caso de que la invalidez sea por riesgo profesional, es decir, relacionada con su trabajo.

¿Cómo se califica el tipo y grado de invalidez?​

Es importante destacar que el tipo y grado de invalidez, ya sea total o parcial, lo determinan un grupo de médicos especialistas denominados Comisión Calificadora de Invalidez (CCI). Esta institución es externa a Crecer.

Invalidez por riesgos profesionales

La invalidez por riesgos profesionales es atendida por el ISSS en el régimen de salud  (enfermedad, maternidad y riesgos profesionales).

Documentación para solicitar pensión por invalidez

Del afiliado

Partida de nacimiento del afiliado

Partida de nacimiento del afiliado (original y reciente, vigencia: menor de 6 meses).

Carné

Carné del ISSS y/o INPEP.

Identificación

DUI del afiliado, original y reciente.

Constancia o informe médico

Constancia médica o informe del médico tratante, detallando el diagnóstico de la enfermedad.

Aviso de accidente o siniestro

Aviso de accidente de trabajo o aviso de siniestro ocurrido al trabajador , en caso de riesgo profesional.

Poder legal con las siguientes cláusulas especiales:
  • • Que le faculte para tramitar el beneficio.
  • • Que le faculte para tramitar el beneficio de invalidez.
  • • DUI Original y vigente.

Observaciones importantes a tomar en cuenta: 

1. Cuando exista matrimonio, viudez, divorcio, identidad personal, tutoría parental de hijos menores o declarados incapaces, deberán estar marginadas las partidas de nacimiento, obligatorio para todo trámite de pensión.

2. La vigencia de partidas de nacimiento, deben de tener un máximo de 6 meses de emitida. Esto aplica para todos los casos.

3. Para afiliados INPEP: es obligatorio que el afiliado finalice trámite en la ventanilla única de INPEP.

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